El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes de Colombia dio un paso significativo hacia la inclusión con la emisión de la circular 009 de 2025, que garantiza el uso del nombre identitario de las personas trans en todos los procesos de contratación y comunicación dentro de la entidad. Con ocho medidas puntuales, esta iniciativa busca crear un entorno laboral respetuoso, libre de discriminación y alineado con los derechos fundamentales reconocidos por la Corte Constitucional.
El pasado 3 de abril de 2025 entró en vigor la circular 009 del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, una normativa interna que marca un precedente en materia de derechos laborales para las personas trans en Colombia. Esta circular establece ocho acciones clave para reconocer el nombre identitario de las personas trans vinculadas a la entidad, sin importar el tipo de contrato que las relacione con el Ministerio.
El nombre identitario hace parte del proceso de construcción de la identidad de género de cada persona. Así lo explicó Bibian Sophia Cáceres, profesional encargada de transversalizar los enfoques en la Dirección de Poblaciones del Ministerio, durante el ‘Café Trans’, un espacio de diálogo con personas trans trabajadoras del Minculturas. "El nombre identitario es ese con el cual nosotros renacemos", dijo Cáceres, subrayando la importancia del respeto por la identidad elegida.
Entre las medidas destacadas se encuentra la creación del formato “Manifestación del nombre del identitario”, que permitirá a las personas trans autorizar formalmente el uso de su nombre identitario en documentos, carnés, correos institucionales y demás sistemas de información de la entidad.
Además, este nombre deberá ser utilizado en contratos, actas, comunicaciones internas y procesos de vinculación laboral, lo que representa un avance en la humanización de las relaciones laborales dentro del sector público. Esto evita que las personas trans deban pasar por procesos incómodos, invasivos o repetitivos para reafirmar su identidad frente a sus compañeros o superiores jerárquicos.
Otra de las medidas clave es la aplicación de la exención de la libreta militar como requisito para la vinculación laboral de mujeres trans. Este punto responde a un reclamo histórico de esta población que ha encontrado múltiples barreras para acceder al empleo formal debido a trámites incompatibles con su identidad de género.
La circular también obliga a todas las áreas del Ministerio a crear espacios laborales libres de discriminación y a participar en procesos de capacitación sobre la implementación del formato de nombre identitario.
Estas acciones no surgieron de manera improvisada. Se construyeron a partir de los criterios de la Corte Constitucional de Colombia sobre identidad de género, que reconocen que esta se configura a lo largo de la vida y debe ser respetada por el Estado. La entidad busca así cumplir con su responsabilidad institucional de no reproducir violencias simbólicas ni administrativas.
La circular 009 no solo busca mejorar el ambiente laboral dentro del Ministerio, sino también enviar un mensaje contundente al resto de entidades públicas del país. El respeto a la identidad de género no es un favor ni una concesión: es un derecho que debe ser garantizado desde el Estado.
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